Junta de Directores
| Por el Banco de Fomento Agropecuario |
| Presidenta |
Nora Mercedes Miranda de López |
| Por el Ministerio de Agricultura y Ganadería |
| Directora Propietaria |
Ingeniera Claudia Yasmin Gutiérrez de Mebius |
| Director Suplente |
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| Por el Ministerio de Economía |
| Director Propietario |
Doctor Abraham Heriberto Mena Vásquez
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| Directora Suplente |
Licenciada Regina María Díaz Guardado |
| Por el Banco Central de Reserva |
| Director Propietario |
Ingeniero Erick Mauricio Guzmán |
| Directora Suplente |
Licenciada Marta Carolina Águila de Hernández
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| Por las Asociaciones Cooperativas del Sistema |
| Director Propietario |
Licenciado Jose Salvador Antonio Vilanova Noltenius
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| Directora Suplente |
Licenciada Silvia Margarita Rivas de Solórzano |
| Por Sociedades Cooperativas Agropecuaria |
| Director Propietario |
Licenciado José Joaquín Salaverría González |
| Director Suplente |
Agrónomo Carlos Antonio Boza Dreyfus |
Funciones:
En concordancia con el Artículo 19 de la Ley del Banco de Fomento Agropecuario, la Junta de Directores tendrá las siguientes atribuciones:
1. Acordar las medidas administrativas y las políticas que sean necesarias para lograr los objetivos del Banco.
2. Acordar el presupuesto del Banco y el régimen de salarios y remuneraciones, dentro de las cifras globales fijadas dentro del presupuesto aprobado por la Asamblea de Gobernadores.
3. Emitir los reglamentos específicos que sean necesarios.
4. Acordar la creación, fusión y supresión de dependencias o Secciones en la Oficina Central, Sucursales o Agencias, así como aprobar la afiliación de las Asociaciones Cooperativas Agrícolas del sistema y la creación de los Patronatos de Créditos para que puedan actuar como Agencias del Banco.
5. Designar a las personas que deben integrar Comités Internos, Juntas Asesoras de las Sucursales, Juntas Locales de las Agencias y otros grupos colegiados establecidos en la Ley del Banco de Fomento Agropecuario, en los reglamentos del Banco o por la propia Junta de Directores.
6. Nombrar y remover a propuesta del Presidente, al Gerente General, a los Gerentes y a los Subgerentes.
7. Autorizar a propuesta del Presidente, la contratación de técnicos para efectuar estudios o trabajos especiales.
8. Delegar las funciones que considere necesarias en el Presidente, en el Gerente General, en los Gerentes y Subgerentes.
9. Someter a la aprobación de la Asamblea de Gobernadores la memoria anual de actividades, los estados financieros y los demás informes que aquella solicite.
10 Aprobar las solicitudes de préstamo mayores de ¢50.000.00 ($5,714.29).
11. Ejercer las demás facultades que le correspondan de conformidad con la Ley del Banco de Fomento Agropecuario, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables.
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